Como consecuencia de la grave crisis sanitaria, económica y judicial que el COVID 19 ha generado, por parte del Gobierno se han dictada nuevas  nuevas medidas en el ámbito del Derecho de Familia con el fin agilizar los procedimientos relacionados con el Derecho Matrimonial y cuestiones anejas al mismo.

El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, establece la regulación de un nuevo procedimiento especial y sumario para la resolución de cuestiones relativas al derecho de familia directamente derivadas de la crisis del COVID-19.

Las nuevas medidas pretender agilizar los procedimientos acumulados

Durante la vigencia del estado de alarma y hasta 3 meses después de su finalización, se decidirán por este procedimiento las siguientes demandas:

  • Demanda para recuperar el tiempo que no se ha podido disfrutar con el hijo común. Durante el confinamiento muchos progenitores hayan visto alterada su relación con sus hijos por las restricciones de movimiento durante el estado de alarma.
  • Demanda de Modificación de medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones alimenticias y pensiones compensatorias como consecuencia de la modificación sustancial en las condiciones económicas del progenitor como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
  • Demandas para revisar la obligación de prestar alimentos entre parientes como consecuencia de haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del pariente obligado a dicha prestación alimenticia como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

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